• septiembre 8, 2018
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Juzgado de Letras del Trabajo Garantía y Familia de Alto Hospicio condena a Municipalidad por acoso laboral a paramédico

El Juzgado de Letras del Trabajo, Garantía y Familia de Alto Hospicio acogió demanda de tutela de derechos fundamentales interpuesta…

 Juzgado de Letras del Trabajo Garantía y Familia de Alto Hospicio condena a Municipalidad por acoso laboral a paramédico

El Juzgado de Letras del Trabajo, Garantía y Familia de Alto Hospicio acogió demanda de tutela de derechos fundamentales interpuesta en contra de la municipalidad local, por funcionario de consultorio que fue víctima de hostigamiento laboral. 

En el fallo (causa rol 2-2018), el magistrado Christopher Fernández de la Cuadra dio lugar a la acción judicial deducida por paramédico, tras establecer que la demandada incurrió en comportamientos antijurídicos, ordenando el pago de $5.000.000 (cinco millones de pesos)  por concepto de daño moral, más multa equivalente a 10 UTM (unidades tributarias mensuales).

«La denunciada ha incurrido en actos reiterados, que se verifican desde junio de 2017, configurando un comportamiento antijurídico a través de actuaciones que atentan contra la dignidad del trabajador, afectando su integridad síquica y condiciones laborales, sometiendo al trabajador a situaciones constitutivas de acoso laboral, consistentes en variar el lugar de prestación de los servicios, asignarle funciones jerárquicamente inferiores llevándolo a cumplir tareas administrativas y de retiro de residuos quirúrgicos, tratar de notificarle en reiteradas oportunidades un sumario que finalmente nunca llevó a cabo.

Dichas actuaciones, de acuerdo a las máximas de la experiencia atentan contra la dignidad de las personas, viéndose además expuestas al escrutinio público de quienes conforman la planta de personal del servicio, jefaturas y compañeros de trabajo», establece el fallo.

Resolución que ordena, además, el cese inmediato a los comportamientos denunciados y la adopción de medida concretas dirigidas a reparar las consecuencias de los actos vulneratorios. Asimismo, ordenó dejar sin efecto la destinación del profesional al Cesfam Pedro Pulgar, y su reintegro como paramédico del Sapu.

Ver fallo

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