En medio del inicio de la Operación Renta, una advertencia vuelve a tomar relevancia para miles de contribuyentes: quienes mantengan deudas asociadas al Crédito con Aval del Estado (CAE) podrían ver retenida total o parcialmente su devolución de impuestos.
De acuerdo con la normativa vigente, la Tesorería General de la República está facultada para aplicar retenciones automáticas cuando existen obligaciones impagas con el Estado, entre ellas las cuotas del CAE. En la práctica, esto significa que el monto que una persona espera recibir como devolución puede ser utilizado para cubrir dicha deuda.
El mecanismo es claro, si el dinero a devolver alcanza a cubrir la totalidad de lo adeudado, la retención será completa. En cambio, si la devolución es menor al saldo pendiente, se aplicará un descuento parcial y la deuda continuará vigente.
Durante los últimos procesos de renta, esta medida ha generado sorpresa entre contribuyentes que desconocían su situación financiera, especialmente en el caso de deudores del CAE que no han regularizado sus pagos o que mantienen cuotas atrasadas.