Segundo Tribunal Ambiental anuló resolución de la SMA que rechazó programa de cumplimiento presentado por constructora en procedimiento sancionatorio por ruido

El Segundo Tribunal Ambiental acogió la reclamación presentada por Constructora Fuchs, Gellona y Silva S.A. en contra de la decisión de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) de rechazar el programa de cumplimiento que había presentado en el marco de un procedimiento sancionatorio por infracción a la norma de ruido iniciado contra faena de construcción ubicada en la comuna de Providencia.

“Luego de los argumentos expuestos a lo largo del presente razonamiento, el Tribunal estima que la resolución reclamada adolece de vicios de legalidad, derivados de la falta de una debida fundamentación de la decisión de rechazar la impugnación del acto administrativo por cuyo medio la SMA rechazó el PdC presentado por la reclamante, a partir de un supuesto incumplimiento del criterio de eficacia del artículo 9 del DS N° 30/2012”, concluye la sentencia.

Acto seguido, detalla que este vicio es suficiente para invalidar la resolución de la autoridad, toda vez esta desestimó el Informe de modelación de ruidos -presentado por la empresa como medio de acreditación de la eficacia de las acciones propuestas- a partir de un supuesto incumplimiento de la metodología de la norma de ruidos (D.S. N°38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente) “la que, tal como se expuso, no existe en dicho cuerpo normativo”.

El Tribunal estuvo integrado por la ministra Marcela Godoy Flores, presidenta, y los ministros Cristián Delpiano Lira y Cristián López Montecinos. La sentencia fue redactada por la ministra Godoy.

La empresa constructora acudió al Tribunal luego que la SMA rechazó el programa de cumplimiento, pues según indicó este no cumplía con los criterios de aprobación que se indican en el artículo 9° del D.S. N° 38/2011 MMA; y posteriormente rechazó un recurso de reposición interpuesto en contra de dicha decisión.

El procedimiento sancionatorio contra la empresa constructora fue iniciado en junio de 2022, luego de constatarse un incumplimiento a la norma de emisión de ruidos, infracción que fue clasificada como leve. En octubre del mismo año, Constructora Fuchs, Gellona y Silva presentó un programa de cumplimiento, indicando como acciones ejecutadas: el cierre acústico con cumbrera, los encierros o biombos acústicos; y el cierre de vanos, a partir del tercer piso y a medida que se avanzaba en la construcción. Además, respondió el requerimiento de información formulado por la SMA.

Antecedentes

–     19 de noviembre de 2020, la SMA recibió de la I. Municipalidad de Providencia oficio con denuncia ciudadana de dos vecinos de la comuna que estarían sufriendo de ruidos molestos producto de las actividades desarrolladas por la unidad fiscalizable denominada “Construcción Edificio Manuel Montt 1204”.

–     4 de noviembre de 2020, se llevó a cabo inspección.

–     13 de junio de 2022, la SMA inició un procedimiento sancionatorio, formulando un cargo por incumplimiento al D.S. N° 38/2011 del MMA (Res. Ex N° 1/Rol D-113-2022).

–     13 de julio de 2022, Constructora Fuchs presentó un programa de cumplimiento (PdC).

–     11 de octubre de 2022, la SMA rechazó el PdC (Res. Ex. N°2/D-113-2022).

–     20 de octubre de 2022, la constructora presentó un recurso de reposición y jerárquico en subsidio, solicitando dejar sin efecto la resolución que rechazó el PdC.

–     7 de diciembre de 2022, la SMA rechazó el recurso de reposición y declaró improcedente el jerárquico (Res Ex. N°3/rol D-113-2022).

–     23 de diciembre de 2022, la empresa interpuso reclamación en el Segundo Tribunal Ambiental en contra de la decisión de la SMA, la cual fue admitida a trámite con el rol R-383-2022.

–     18 de enero de 2024, se realizó la audiencia, alegando los abogados Sebastián Rebolledo Aguirre, por Constructora Fuchs, Gellona y Silva S.A., y Paloma Espinoza Orellana, por la SMA.

Ir al expediente de la causa R-383-2022

.