La solicitud de formalización del general Ricardo Yáñez Reveco, actual general director de Carabineros y la petición de la defensa de éste de la remoción de los fiscales Ximena Chong y Xavier Armendáriz de las causas que se siguen en su contra son dos noticias complementarias en el campo de los derechos humanos.
Ricardo Yáñez, en octubre de 2019 era director de Orden y Seguridad, es decir, el responsable del despliegue territorial de Carabineros y el Ministerio Público ha solicitado su formalización por la responsabilidad de mando que le cabe en los delitos de apremios ilegítimos con resultado de lesiones graves y homicidio “por omisión”, durante las protestas ocurridas en el centro de Santiago, especialmente en el perímetro de la plaza Baquedano.
La defensa del general director de Carabineros solicita la remoción de los fiscales Xavier Armendáriz y Ximena Chong argumentando que “carecen de la debida objetividad e imparcialidad” para desarrollar la investigación afirmando, además que, han demostrado “su enemistad, odio o resentimiento contra la persona del general director de Carabineros y en contra de la institución”.
Una primera reflexión desde el campo de los derechos humanos es que la solicitud de formalización viene a confirmar la magnitud de la violencia estatal ejercida por esos días, pese a que la derecha política y los medios de comunicación que ella controla intenta instalar la idea en la que Octubre fue una mera seguidilla de jornadas de vandalismo desatado y no una reivindicación de dignidad y protesta social. Esta resolución del Ministerio Público, aclara quien puso la violencia ese entonces. Durante el primer mes y medio del estallido, se realizaron 4.170 denuncias en Fiscalía contra Carabineros y 12.500 personas fueron atendidas de urgencia en hospitales públicos. Hasta el 15 de junio de 2020, las denuncias por violaciones ascendían a 8.510. De todas las denuncias recibidas por la Fiscalía, un total de 6.369 apuntan a carabineros, 307 sindican a militares, 137 a funcionarios de la PDI y 27 a marinos y sólo 800 denuncias (9,4% del total) se convirtieron en querellas, según las cifras de la Fiscalía. Es decir un cuadro generalizado de masivas violaciones a los derechos humanos se hace evidente. Es decir, la más grave crisis de derechos humanos ocurridos en el país desde los tiempos dictatoriales y que fuera refrendada por informes y denuncias de organismos internacionales defensores de los derechos humanos.
Segundo, al aludir a la responsabilidad de mando, si la leemos desde un punto de vista jurídico, se nos está diciendo que la investigación desformalizada del Ministerio Público pudo establecer en forma seria que no hubo excesos aislados de algunos uniformados desbordados o descriteriados, como lo insinúan los medios de derecha, sino que los actos de violencia represiva constitutivos de delito fueron fruto de decisiones políticas, traducidas en ordenes que se trasmiten en una cadena de mando. Es decir, una política estatal que define un cuadro de violaciones de derechos humanos sistemática o generalizados
Una tercera reflexión nos habla de la cultura de la impunidad y el privilegio. la petición de inhabilidad no debe ser entendida solamente como una maniobra procesal buscando un fiscal más influenciable y proclive sino como la expresión ideológica de que el agente del estado tiene derecho a la impunidad y el privilegio. El abogado de Yáñez al presentar la solicitud de apartamiento de los fiscales señaló como fundamento de su reclamo para demostrar la odiosidad a la institución de Carabineros que en el caso del capitán Zamora la fiscal Chong “le dio el mismo trato (al funcionario) que se le da a los delincuentes habituales en cualquier centro público de atención, y eso lo hizo en el Hospital de Carabineros”.
Es decir asume naturalmente que debió dársele un trato y destino mejor. Esa frase en si misma desnuda la visión desde el poder.
CODEPU, en todas sus querellas en representación de quienes sufrieron la violencia excesiva de parte de agentes del estado, como son los carabineros, ha señalado que los altos mandos tienen responsabilidad jerárquica por el actuar de sus subordinados y esta responsabilidad es por acción u omisión, pues en el especifico contexto de las movilizaciones sociales iniciadas en octubre y que se extendieron por varios meses, el alto mando tuvo conocimiento de los resultados del actuar policial, es decir, que en su despliegue, uso de las fuerza y de sus armas, estaban provocando en la población centenares de traumas oculares, lesiones gravísimas, torturas, incluidas muertes. Hechos todos que requieren de investigación y justicia.
La solicitud de formalización para Mario Rozas Córdova, Diego Hernán Olate y Ricardo Yáñez Reveco, todos parte del alto mando de Carabineros y el último actual directos general de la institución y la petición de inhabilidad de dos fiscales por parte de la defensa de uno de los generales a ser formalizados son procesos en curso y cuyo devenir revelará el rol de la justicia y los tribunales y la autonomía del Ministerio Público, convocando la necesidad de desplegar, aun con mayor fuerza, la potencialidad del movimiento de derechos humanos para lograr alcanzar la justicia e impedir la impunidad. obtener corregir las situaciones denunciados en los párrafos anterior, profundizando su rol trasformar.
En otra arista de los procesos en curso es recoger las recomendaciones realizadas en pleno despliegue de la represión y que no es otra de la necesidad de “refundar Carabineros”, es decir transformarlas en una policía permeada por una perspectiva de respeto y defensa de los derechos humanos.
Por último, válido es recordar una locución latina Quis custodiet ipsos custodes y que en filosofía política se atribuye con frecuencia a Aristóteles criticando a quienes optan por un Estado regido por las elites, quién se habría preguntado “quién nos cuida de los cuidadores” para responderse que mejor que un gobierno de buenos hombres es el de buenas leyes. En lenguaje moderno un Estado (social) de Derecho. Ese debe ser nuestro norte, ganar ese modelo de sociedad, que nuestro actual orden político no logra alcanzar.
LA OPINIÓN DE LA AUTORA NO COINCIDE NECESARIAMENTE CON LA DE LA RAZÓN
Hiram Villagra Castro y Mariela Santana Machuca – Abogados del equipo jurídico de ONG CODEPU.