Diputados aprobaron por unanimidad y despacharon a ley el proyecto de reforma constitucional que crea la Fiscalía Supraterritorial. (Boletines 16.301 y 16.015)
Se trata de una nueva unidad especializada en crimen organizado y delitos de alta complejidad, al interior del Ministerio Público.
La instancia desempeñará sus funciones respecto a ilícitos en los cuales existan antecedentes de la intervención de asociaciones delictivas o criminales, y cuando los hechos requieran una dirección supraterritorial o transnacional de la investigación.
Si bien el texto se aprobó por la totalidad de los parlamentarios, en la discusión se plantearon algunos reparos a la norma. Estos dicen relación principalmente con la forma de los nombramientos, así como con la preocupación respecto de que, instituciones que deban ser autónomas, puedan ceder frente al poder político de turno.
Asimismo, se señaló que se trata sin duda de una buena herramienta, que debe tomarse como parte de una estructura más general, si se quiere hacer frente de verdad al crimen organizado. En ese plano algunos legisladores señalaron que se requieren otros pasos adicionales, como el levantamiento del secreto bancario.
En tanto el ministro de Justicia, Luis Cordero, calificó a la iniciativa cómo “la reforma estructural más importante en la historia del Ministerio Público”.
Precisó que esta reforma “no solo hay que mirarla como el nacimiento de una nueva unidad especializada, sino que cómo una nueva forma de comprender la Fiscalía Nacional y particularmente el rol que le corresponde al fiscal nacional, quien tendrá la posibilidad de instruir instrucciones específicas a los fiscales jefes, que están a cargo de esas investigaciones”. Lo anterior supone un protagonismo específico de esta autoridad en esas indagatorias.
El secretario de Estado reafirmó además el compromiso del Ejecutivo adoptado con la Comisión de Constitución para incluir algunas indicaciones planteadas, en la ley orgánica constitucional que regulará la materia.
Fiscalía Supraterritorial
El organismo estará a cargo de un Fiscal Jefe, quien ejercerá las funciones propias del Ministerio Público. Corresponderá al Fiscal nacional resolver las contiendas de competencia que se susciten entre las Fiscalías Regionales y la Fiscalía Supraterritorial.
La iniciativa señala que el Fiscal Jefe de la Fiscalía Supraterritorial deberá dar cumplimiento a las instrucciones particulares que imparta el Fiscal Nacional en las investigaciones de delitos de crimen organizado o de alta complejidad que estén a su cargo.
En tal sentido el texto determina que el referido Fiscal Jefe será designado por el Fiscal Nacional, será de su exclusiva confianza y se mantendrá en su cargo mientras cuente con ella.
Además, el Fiscal Jefe de la Fiscalía Supraterritorial deberá tener a lo menos diez años de título de abogado, haber cumplido treinta y cinco años de edad y poseer las calidades necesarias para ser ciudadano con derecho a sufragio.
Asimismo, el personero deberá cumplir con las condiciones de conocimiento y experiencia en litigación en asuntos penales, que serán determinados de acuerdo a la mencionada ley orgánica.
Las disposiciones de la presente reforma constitucional entrarán en vigencia conjuntamente con la entrada en vigencia de las modificaciones que en virtud de la presente reforma constitucional deban efectuarse a la LOC.