BOGOTÁ (Sputnik) — La despenalización del aborto en Colombia hasta la semana 24 de gestación, que la Corte Constitucional aprobó la semana pasada, también tendrá consecuencias retroactivas, según expertos.
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Por Paula Carrillo
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«En materia penal, existe el principio de favorabilidad: si hay una ley penal que es posterior, pero más favorable para una persona a la que ya se le hizo un proceso penal, se tiene que aplicar la ley que sea más favorable», dijo la abogada Lucía Hernández, de la organización no gubernamental Women’s Link Worldwide.
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La semana pasada, la Corte Constitucional despenalizó la interrupción voluntaria del embarazo hasta la semana 24, el plazo más largo que haya contemplado un país de América Latina —dado que Argentina lo permite hasta la semana 14, y algunos estados de México hasta la 12—.
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Después de este lapso de tiempo, la justicia colombiana podrá procesar a las mujeres por el delito de aborto, salvo en tres excepciones que son permitidas desde 2006: malformación del feto, riesgo para la vida de la madre y violación.
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El alto tribunal tomó la decisión en respuesta a una demanda del movimiento feminista Causa Justa, del cual hace parte Women’s Link Worldwide.
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Según cifras de la organización, que cita a la Fiscalía, la entidad abría «400 procesos penales al año desde 2008 por aborto consentido de mujeres, de niñas y también de profesionales de la salud que prestaban estos servicios». Es decir, después de que se aceptaran las tres causales excepcionales para permitirlo.
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Pocos de estos procesos, sin embargo, terminaban en la cárcel. En parte, porque un 20% de las imputadas eran menores de edad, por lo que no iban a prisión, añadió Hernández.
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En todo caso, las cifras de Women’s Link Worldwide dan cuenta de unas «24 condenas anuales» en Colombia, destacó la abogada.
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Pese a ello, el registro de tener investigaciones por este tema manchaba la historia judicial de las personas acusadas.
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Historial
En Colombia, usualmente para firmar un contrato de trabajo se exige un certificado de antecedentes judiciales.
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Como el aborto no estaba despenalizado, a excepción de las tres causales, tener procesos judiciales abiertos implicaba una marca en ese documento.
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«Ahí quedaba la anotación. Si bien esta puede decir que se archivó, y que precluyó la investigación, eso quedaba en la hoja de vida», subrayó la abogada.
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La estigmatización que resultaba de este hecho podría entonces evitarse, tras el reciente fallo del tribunal encargado de hacer cumplir la Constitución colombiana, agregó.
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Argumentos
Para la Corte Constitucional, criminalizar el aborto antes del tiempo que impuso como límite suponía una «presunta vulneración del derecho a la salud» y el «presunto desconocimiento de la libertad de conciencia», e iba contra la «igualdad de las mujeres en situación de vulnerabilidad y en situación migratoria irregular», según un comunicado de prensa.
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Igualmente, el tribunal consideró que, a partir de este tiempo, hay una mayor probabilidad de vida fuera del útero, por lo que prohibió la interrupción voluntaria del embarazo después de este plazo.
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Las 24 semanas también representan entonces el plazo a partir del cual deben guiarse los procesos judiciales, agregó la abogada.
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«Los jueces y fiscales que estén investigando el delito de aborto consentido, tendrán que revisar esos procesos para mirar cuáles se hicieron hasta la semana 24 y, en ese sentido, deberán suspender las investigaciones», sostuvo.
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No obstante, la sentencia completa aún no es de público conocimiento: una nota de prensa preliminar y un comunicado posterior son los documentos que sustentan la decisión por el momento.
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«En lo que conocemos hasta ahora de la Corte Constitucional, no lo dice explícitamente [que el efecto sea retroactivo], pero sí son principios generales que gobiernan el Derecho», puntualizó.
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Aunque movimientos feministas destacaron la decisión, sectores conservadores colombianos anunciaron la promoción de un referendo para poner el tema a consideración de la ciudadanía.
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