Corte de Apelaciones de Temuco acoge recurso de protección presentado por vecinos y vecinas de Perquenco por contaminación del estero de la comuna

TEMUCO – la Corte de Temuco dio a conocer las sentencias recaídas en los recursos de protección presentados por vecinos y vecinas de Perquenco, quienes denunciaban la desidia de las instituciones públicas frente a la contaminación del Estero Perquenco, los cuales fueron patrocinados por las abogadas del Centro de Investigación y Defensa Sur, Pamela Nahuelcheo Queupucura y Natividad Llanquileo Pilquimán.
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La Corte estableció la responsabilidad de la MUNICIPALIDAD DE PERQUENCO, de la DIRECCIÓN DE OBRAS HIDRÁULICAS, la SEREMI DE SALUD ARAUCANÍA, la SUPERINTENDENCIA DE MEDIO AMBIENTE y la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS SANITARIOS, señalando que «las recurridas se encuentran dotadas de facultades para prevenir, regular, supervisar, fiscalizar, sancionar y adoptar diversas medidas en relación a los hechos que motivan el presente recurso de protección, en lo que dice relación con el fenómeno de contaminación que afecta a las aguas del Estero de Perquenco, debido al deficiente funcionamiento de la Planta de Tratamiento de Aguas Servidas de dicha comuna, que a la fecha de interposición de la presente acción constitucional se mantenía sin ningún tipo de manejo operacional o de mantención, con las perniciosas consecuencias que ello acarrea para la vida y la integridad de las personas que habitan en la zona de Perquenco».
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En cuanto a las medidas que se han tomado para la solución del problema de contaminación que afecta a Perquenco, la Corte recalcó que «éstas no han logrado poner término a la grave situación denunciada, lo que lleva a concluir que no han dado un debido y eficaz cumplimiento a sus funciones y especialmente, adoptar las medidas necesarias para prevenir, mitigar y en lo posible eliminar el fenómeno contaminante materia de la presente acción constitucional, que ha permanecido en el tiempo por un lapso que aparece a todas luces excesivo, atendida su naturaleza y efectos, lo que permite calificar de ilegales sus comportamientos en esta materia y vulneradores de las garantías constitucionales que los recurrentes reclaman como conculcadas.»
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Finalmente la Ilustrísima Corte de Temuco ordena a dichas instituciones » dar estricto y urgente cumplimiento a la normativa que regula sus competencias y, consecuencialmente y a fin de evitar la reiteración y prolongación en el tiempo de la emisión de contaminantes al Estero Perquenco, debido a la situación de la Planta de Tratamiento de Aguas Servidas de la comuna, deberán coordinarse entre sí y ejecutar las acciones pertinentes para procurar poner fin a los hechos que motivan el recurso y mitigar los efectos medio ambientales producidos, sin perjuicio de las medidas de resguardo de la vida e integridad de las personas que corresponda adoptar, debiendo informar a esta Corte de Apelaciones del cumplimiento de la presente sentencia”.

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