Corte Suprema termina con la «norma FIFA» y establece que la ANFP no puede desafiliar a Deportes Valdivia ni a ningún otro club deportivo por recurrir a la justicia ordinaria

SANTIAGO – En fallo unánime, el Máximo Tribunal dio la razón al club del Torreón y revocó la sentencia de la Corte de Valdivia que, en primera instancia, rechazó el recurso de protección del club deportivo contra la Asociación Nacional del Fútbol Profesional. «Ninguna institución, sea pública o privada, pueden establecer en sus estatutos, una limitación al derecho a la acción y al derecho a recurrir ante los tribunales de justicia del país», explicaron al respecto los abogados del club Ciro Colombara y Aldo Díaz.

Este jueves, en fallo unánime, la Corte Suprema acogió el recurso de protección interpuesto por Deportes Valdivia en contra de la Asociación Nacional de Fútbol Profesional, y estableció que no puede castigar ni desafiliar al club del Torreón por haber recurrido a la justicia ordinaria, en el conflicto por la cuota de incorporación.

Específicamente, porque tras descender a segunda división, Deportes Valdivia exigió la devolución de las 24 mil UF que debió desembolsar cuando ascendió a la Primera B, y tras la negativa de la ANFP, presentó un recurso de protección en su contra, lo que además detonó en que la Asociación con sede en Quilín, amenazara con revocarles la licencia por recurrir a los tribunales de justicia para dirimir un conflicto interno.

«Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo prevenido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de esta Corte sobre la materia, se revoca la sentencia apelada dictada por la Corte de Apelaciones de Valdivia de fecha veintiocho de julio de dos mil veintiuno y, en su lugar, se acoge, el recurso de protección interpuesto por Ciro Colombara López y Aldo Díaz Canales en representación de la Sociedad El Torreón SADP, concesionaria del equipo de fútbol profesional Club Deportes Valdivia, sólo en cuanto se deja sin efecto la citación individualizada en la presente acción y cualquiera otra citación para el mismo efecto, declarándose además que las recurridas no podrán sancionar a Club Deportes Valdivia por acudir ante la justicia ordinaria», detalla el fallo.

Al respecto, el abogado Ciro Colombara –quien junto a Aldo Díaz encabezan la defensa del club deportivo- explicó que la resolución del Máximo Tribunal «no solo le da la razón a Deportes Valdivia, que era nuestro objetivo, sino que –además- sienta un precedente muy relevante para todos los clubes y para la misma ANFP porque termina con lo que se conocía con una norma FIFA, que le impedía a los clubes recurrir a la justicia ordinaria».

«Este fallo categórico reconfigura absolutamente la relación entre los clubes y la ANFP, reconociéndole a estos últimos el derecho de –en caso de estimarlo necesario- recurrir a la justicia ordinaria», agregó Colombara.

Por su parte, Aldo Díaz aseguró que el dictamen «nos da la razón y da la razón a Deportes Valdivia en orden a que ninguna institución, sea pública o privada, puede establecer en sus estatutos, una limitación al derecho a la acción y al derecho a recurrir, ante los tribunales de justicia del país, tal como en este caso lo hizo de manera arbitraria la ANFP, con deportes Valdivia».

«Y no solo lo ha hecho con Deportes Valdivia, sino que lo ha hecho con otros clubes, basándose en una norma del todo arbitraria, inconstitucional, que venía de los tiempos de las irregularidades y de los actos de corrupción que la FIFA realizaba a nivel mundial por todos conocidos», puntualizó Díaz.

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