SANTIAGO – Tras cuatro jornadas de votaciones la Convención Constitucional aprobó el reglamento que tiene por objetivo establecer los principios, organización, funcionamiento y reglas de procedimiento de la instancia.
Entre ellos, está el que otorga a la ciudadanía participación en el proceso deliberativo, permitiendo que desde la sociedad civil se presenten propuestas para ser incorporadas en la nueva Constitución.
Además el reglamento amplió el concepto de identidad de género y se definió que la paridad será una norma en todas las instancias. De hecho se aprobó un artículo que establece un mecanismo de transversalización de los enfoques de DDHH, género, inclusión, plurinacionalidad, socioecológico y descentralización en el proceso de la discusión constituyente.
Funcionamiento
- Se fijó una semana territorial una vez al mes
- La Convención, comisiones, subcomisiones y demás órganos podrán funcionar en cualquier territorio del país
- El Pleno sesionará al menos dos veces fuera de la ciudad de Santiago
- Comisiones procurarán sesionar por lo menos una vez al mes en un lugar distinto a la sede de la Convención o el Palacio Pereira, priorizando localidades fuera de la Región Metropolitana.
Sus comisiones
Serán siete las comisiones en las que se organizará el trabajo:
- Comisión sobre Sistema Político, Gobierno, Poder Legislativo y Sistema Electoral.
- Comisión sobre Principios Constitucionales, Democracia, Nacionalidad y Ciudadanía.
- Comisión de Forma de Estado, Ordenamiento, Autonomía, Descentralización, Equidad, Justicia Territorial, Gobiernos Locales y Organización Fiscal.
- Comisión sobre Derechos Fundamentales.
- Comisión sobre Medio Ambiente, Derechos de la Naturaleza, Bienes Naturales Comunes y Modelo Económico.
- Comisión sobre Sistemas de Justicia, Órganos Autónomos de Control y Reforma Constitucional.
- Comisión sobre sistemas de conocimientos, culturas, ciencia, tecnología, artes y patrimonios.
Mesa directiva
Sobre la estructura orgánica, se fijó el criterio de paridad en todos su órganos, las atribuciones del Pleno, integración y elección de la Mesa directiva y vicepresidencias adjuntas, así como su rotación cada seis meses y el mecanismo de revocación de alguno de sus miembros.
También se definieron las causales de cesación en el cargo y el reemplazo de las vacantes en caso que se produzca una renuncia. Por ejemplo, si quien abandona la Convención es independiente electo en listas de independientes, será reemplazado por la persona del mismo género más votada dentro de la nómina.
Adicionalmente se aprobó estatuto de las y los convencionales, que contiene sus deberes, derechos e incompatibilidades, y se estableció que exista un enfoque de cuidados para que las y los convencionales puedan participar de sesiones y comisiones sin inconvenientes.
¿Cómo se integrarán las comisiones?
El reglamento aprobado establece que todas las comisiones deben respetar los principios de paridad, plurinacionalidad y equidad territorial, para lo cual se establece un número fijo de escaños reservados en cada una.
Cuando una comisión tenga más inscritos que los cupos que existen, éstos se determinarán por sorteo. Por el contrario, si hay menos inscritos de los previstos, se hará un nuevo llamado y de no completarse las vacantes, funcionarán sólo con los constituyentes inscritos.
Quorum
Para que las comisiones puedan sesionar y tomar acuerdos se requerirá de la asistencia de la mitad de las y los convencionales en ejercicio que sean integrantes de la comisión respectiva.
Para proceder al reemplazo de algún convencional en una comisión, si es un reemplazo permanente, el convencional comunicará su reemplazo a la coordinación y se deberán aplicar todos los criterios de integración para su efecto.
En el caso de un reemplazo transitorio, se debe informar al secretario de la instancia, previo al inicio de la sesión.
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