• agosto 24, 2021
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Establecimientos y recintos públicos deberán contar con desfibriladores por mandato legal

ARICA – A partir del miércoles 1 de septiembre comenzarán a regir las disposiciones de la Ley 21.156 que obliga…

 Establecimientos y recintos públicos deberán contar con desfibriladores por mandato legal

ARICA – A partir del miércoles 1 de septiembre comenzarán a regir las disposiciones de la Ley 21.156 que obliga a disponer de desfibriladores portátiles y automáticos en todos los establecimientos y recintos públicos que señala el reglamento respectivo.

Así lo dio a conocer el seremi de Salud Jorge Guerra, quien explicó que “la nueva legislación permitirá salvar numerosas vidas en Chile en caso de paros cardiorrespiratorios en adultos”.

“Cabe señalar que a partir del 1 de septiembre estará habilitada la plataforma https://seremienlinea.minsal.cl con un banner para acceder al formulario de registro de datos y antecedentes digitales que obligatoriamente se deben informar”, agregó.

Esta información será revisada por la Autoridad Sanitaria regional, y si se cumplen los requisitos, se emitirá un documento de toma de conocimiento.

ESTABLECIMIENTOS

La ley establece que todos los recintos comerciales con sistemas de seguridad deberán contar con estos equipos. Asimismo, los establecimientos voluntarios con más o igual mil personas; terminales de buses, puertos, aeropuertos, estaciones de trenes; recintos deportivos, gimnasios todos con más o igual a mil personas; establecimientos educacionales básicos, medios y superiores; casinos, hoteles, moteles, hostales y residenciales, centros de eventos, convenciones y ferias; centros de salud; cines, teatros, parques de diversiones, entre otros.

Los equipos portátiles de desfibrilación se ubicarán en lugares visibles en las áreas comunes de circulación, áreas de recepción, salas de espera, etc., y estarán disponibles para atender casos de paros cardiorrespiratorios en recintos de alta afluencia de público.

La desfibrilación eléctrica precoz es a la fecha el medio más eficaz para evitar la muerte en un episodio cardiovascular. La nueva legislación ordena que se deberá contar con el equipamiento y la capacidad de una actuación inmediata, especialmente en los lugares de uso público, es decir, tendrá que haber personas disponibles con entrenamiento mínimo para manejar estos equipos portátiles.


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