SANTIAGO – Luego de varias presiones (incluso una querella en contra de la actual directora del trabajo) la asociación gremial de abogados laboralistas consiguió que se aprobara reforma legal al Código del Trabajo que RECONOCE EXPRESAMENTE EL DERECHO DE TRABAJADORES DESPEDIDOS A PONER LA RESERVA DE DERECHOS EN EL FINIQUITO. Es la nueva Ley 21.361 publicada ayer miércoles en el Diario Oficial.
Ahora el nuevo artículo 162 del Código del Trabajo ordena al empleador poner en la carta de despido, si otorgará finiquito en forma presencial o electrónica, y que en todo caso el trabajador SIEMPRE podrá optar por firma presencial ante ministro de fe. Además, en la carta de despido el empleador deberá informar al trabajador que podrá poner reserva de derechos en el finiquito.