Contraloría dictamina que procede entregar beneficio de sala cuna al personal que se encuentra en la modalidad de trabajo remoto

SANTIAGO – El dictamen la Contraloría General de la República (CGR), es en respuesta a varias solicitudes realizadas por organismos públicos y trabajadores/as del Estado.

Además, el organismo de control consultó a la Dirección de Presupuestos (DIPRES) con respecto a los recursos referidos a esta materia, y la DIPRES precisó que las instituciones públicas tienen en sus presupuestos recursos para solventar el pago de salas cuna, y siempre que no se encuentren pagando a un establecimiento por ese servicio. Por ende, fondos existen para dar cumplimiento a este beneficio, y ello no se traduce en mayor gasto público.

“En ese contexto, y armonizando los bienes jurídicos protegidos en cuestión, esto es, el bien superior del niño y la niña, la salud de la madre trabajadora, el derecho de las mujeres a trabajar y a desarrollarse laboralmente, el debido resguardo de la salud pública y la continuidad del servicio público, esta Entidad Fiscalizadora no advierte inconveniente en que se entregue por concepto del beneficio de sala cuna consignado en el artículo 203 del Código del Trabajo, una cantidad en dinero que equivalga a esa prestación, con la finalidad de contribuir en los cuidados del menor en su hogar, mientras su madre cumple labores en modalidad de teletrabajo o trabajo remoto durante la pandemia”, se explica en el dictamen de la CGR.

De esta forma, desde la fecha del pronunciamiento de la Contraloría, las madres trabajadoras que trabajan de manera remota a causa de la pandemia podrán solicitar a su empleador (el organismo público) la entrega de este beneficio, de acuerdo con la suma de dinero fijada en el correspondiente presupuesto institucional.

Para obtener el bono por sala cuna, la funcionaria deberá adjuntar una declaración jurada simple que señale la persona que cuida o cuidará al menor de dos años, quien también puede ser un familiar.