• septiembre 17, 2020
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Tribunal ambiental confirma clausura total y definitiva de minera Pascua Lama

ALTO DEL CARMEN – Al momento de prohibir el funcionamiento del proyecto, la entidad señaló que la empresa mantiene una…

 Tribunal ambiental confirma clausura total y definitiva de minera Pascua Lama

ALTO DEL CARMEN – Al momento de prohibir el funcionamiento del proyecto, la entidad señaló que la empresa mantiene una multa por por más de 7 mil millones de pesos, que seguirá vigente.

Pascua Lama, proyecto perteneciente a la Compañía Minera Nevada S.A., filial de la minera canadiense Barrick Gold Corporation, ha estado marcado desde sus inicios por polémicas derivadas de los estudios ambientales asociados al mismo, esto a partir de las características que indicaban la extracción de oro, plata y cobre a rajo abierto, en la comuna de Alto del Carmen, Provincia de Huasco.

Sin embargo, nunca pudo operar debido a que las obras fueron paralizadas en septiembre de 2013 tras un recurso presentado ante la Corte de Apelaciones de Copiapó, el que luego fue ratificado por la Corte Suprema. En octubre del mismo año, la compañía suspendió la construcción con un avance del 40%.

Cabe recordar que tanto la sanción como la clausura fueron ordenadas en primera instancia en octubre de 2018, por cumplirse 1 de las 5 infracciones impuestas por la Superintendencia del Medio Ambiente a la Compañía Minera Nevada SpA.

En enero de 2020 la Corte Suprema falló a favor del proyecto minero y rechazó el recurso presentado por la comunidad Indígena Diaguita Patay, con base en el Convenio N° 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), referido a la vulneración de derechos de las comunidades indígenas de la zona, luego de lo cual el proyecto se podría ejecutar según lo establecido por la resolución ambiental original de 2006.

En dicha resolución, se plantea «Que, en consecuencia, en la valoración de la prueba en materia ambiental entran en juego las razones jurídicas asociadas a las simplemente lógicas, científicas, técnicas o de experiencia en cuya virtud el tribunal asigna o resta valor a los medios de convicción aportados, atendiendo especialmente a su multiplicidad, gravedad, precisión, concordancia y conexión de los antecedentes del proceso, de modo que este examen conduzca lógicamente a la conclusión que convence al sentenciador».

Finalmente hoy, el Tribunal Ambiental confirmó la clausura y cierre total del proyecto.

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