Diputado Saffirio presentó hoy proyecto que busca derogar beneficios carcelarios y disminución de penas por delitos sexuales en Isla de Pascua 

VALPARAÍSO – El diputado independiente René Saffirio presentó este lunes un proyecto de ley que busca derogar los artículos 13 y 14 de la ley N° 16.441, que establece la rebaja de penas y beneficios carcelarios a los condenados por delitos sexuales en la Isla de Pascua, por tratarse de una diferencia legal de carácter arbitraria, «carente de cualquier justificación razonable», que debiera ser eliminada del cuerpo normativo.

«Los legisladores y las legisladoras debemos moldear un ordenamiento jurídico coherente, y depurarlo de cualquier precepto que atente contra la dignidad de las personas. En este caso, se trata de ir dejando atrás disposiciones legales que, constituyen una afrenta para las víctimas de delitos sexuales, y un flagrante atentado a la igualdad ante la ley y a los derechos de todas las mujeres», explicó el diputado de La Araucanía.

LEY 

La ley N° 16.441 es del año 1966 y se conoce como la «Ley Pascua», la cual fija normas relativas a la organización político-administrativa de Isla de Pascua o Rapa Nui.

Se trata de un estatuto que incluye materias sobre el funcionamiento de servicios públicos en dicho territorio insular, y comprende además, beneficios tributarios y otros derechos en favor de sus habitantes.

La normativa establece una medida controvertida y que atenta contra la dignidad y los derechos de víctimas de ilícitos sexuales.

«Nos referimos a un trato benevolente para las personas de la etnia Rapa Nui, que hayan cometido delitos tan graves, como por ejemplo, el de violación. La ley en estos casos, permite rebajar la pena en un grado al autor del hecho punible y le permite a éste, obtener beneficios carcelarios», comentó Saffirio.

Por ejemplo, en aquellos casos en que el Tribunal deba aplicar penas de presidio, reclusión o prisión podrá disponer que hasta dos tercios de ellas puedan cumplirse fuera del establecimiento carcelario, fijando en la sentencia las condiciones de trabajo y residencia que deba llevar el condenado y el tiempo por el cual se concede este beneficio, el que podrá suspenderse o revocarse por el Juez, de oficio o a petición de parte, por medio de una resolución fundada, que se apoye en el incumplimiento de las condiciones impuestas.

Estos preceptos legales cada vez más están siendo puestos en tela de juicio por la comunidad de Rapa Nui y por diversas organizaciones de la sociedad civil, que en el último tiempo han levantado con fuerza su voz para deplorar este trato injustificadamente especial y favorable para los agresores sexuales, que son naturales de la Isla y que hayan cometido el delito en su territorio.