SANTIAGO – La Corte Suprema acogió recurso de amparo y ordenó al Subsecretaría de Relaciones Exteriores entregar en 30 días respuesta a la solicitud de visa de responsabilidad democrática de tres niñas venezolanas, cuyos padres residen en Chile.
En la sentencia (causa rol 104.222-2020), la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Carlos Künsemüller, Haroldo Brito, Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm y Leopoldo Llanos– acogió la acción constitucional, tras establecer que la repartición pública ha demorado inexcusablemente, por más de seis meses, en dar respuesta a solicitud ingresada en diciembre de 2019.
«Que la tardanza inexcusable en que ha incurrido la Subsecretaría de Relaciones Exteriores, en pronunciarse sobre la solicitud de concesión de visa para los menores por los cuales se recurre, infracciona los principios de economía procedimental e inexcusabilidad contenidos en la Ley 19.880, que establece las bases de los procedimiento administrativos que rigen los actos de los órganos del Estado, en particular el artículo 27 de tal cuerpo legal, que fija un plazo de 6 meses para pronunciarse sobre las solicitudes que se le formulan, término, que en el caso de autos, sobrepasa dicho tiempo», sostiene el fallo.
Para el máximo tribunal: «(…) la conducta omisiva en que ha incurrido la autoridad, contraviene el derecho de las recurrentes, para ingresar a nuestro país y el derecho a permanecer y residir en él junto a sus progenitores».
Por tanto, se resuelve que: «se revoca la sentencia apelada de veintisiete de agosto de dos mil veinte, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, en el Ingreso Corte N°1.762-2020, y en su lugar se declara que se acoge la acción constitucional intentada en autos, sólo en cuanto se fija a la repartición pública recurrida un plazo de treinta (30) días para pronunciarse sobre la solicitud de visa pretendida por las recurrentes».
Decisión adoptada con los votos en contra de los ministros Künsemüller y Valderrama.