Por Rafael Pastor Besoain | ¿Modernizar o reformar Carabineros?

En el contexto del acalorado debate por la necesidad que la institucionalidad de Carabineros sea transformada a efectos de cumplir efectivamente su mandato legal, surgen algunas dudas respecto a dos conceptos que creo deben ser debidamente delimitados para permitir que la discusión pública sea conducida más adecuadamente.

En efecto, el senador Harboe ha alzado la voz, exigiendo que Carabineros sean objeto de un proceso de reforma y no simplemente una modernización. Se ha solicitado la incorporación de estándares adecuados como transparencia, probidad, capacidad operativa, formación, logística y temas de derechos de los funcionarios.

Sin embargo, al plantear lo anterior se confunde las nociones de reforma y modernización del estado, que, si bien se encuentran vinculadas, son necesariamente distinguibles. En efecto, los referidos estándares mencionados se vinculan más bien con lo que se conoce en la literatura como la modernización del estado, y no tanto con la reforma de ésta.

Reformar el estado dice relación con redefinir el rol del mismo de cara a las expectativas de la ciudadanía y resulta ser de un corte mucho más político, es decir, en el caso de Carabineros se trataría de modificar su mandato legal (cambiar profundamente el bien público que provee y los arreglos institucionales que condicionan su buen funcionamiento).

Modernizar el estado en cambio implica hacer que en este caso Carabineros rinda mejor, manteniendo su mandato legal, siendo un proceso de tipo administrativo o de gestión pública, mucho más relacionado con los estándares propuestos por el Senador Harboe. Es decir, para hablar de capacidad operativa y logística de una organización estatal, previamente se hace necesaria determinar el sentido y alcance de su mandato legal, para que con ello sea posible aplicar las políticas de modernización del estado que permitan después un rendimiento más eficiente y efectivo.

En consecuencia, aunque se suele confundir ambas nociones, creo que no resulta para nada baladí diferenciarlos adecuadamente, especialmente ahora que estamos viviendo un inminente proceso constituyente, que requerirá de mucha prolijidad en el uso de marcos conceptuales, atendido a que serán éstos los que definirán el nuevo rol que como comunidad política le queramos otorgar al estado.


LA OPINIÓN DEL  AUTOR NO COINCIDE NECESARIAMENTE CON LA DE LA RAZÓN

Por Rafael Pastor Besoain  – Director Escuela de Derecho y Trabajo Social, U. Central de Chile.