SANTIAGO – La Corte de Apelaciones de Santiago declaró inadmisibles cinco recursos de protección interpuestos en contra de la circular del Ministerio de Hacienda que imparte lineamientos sobre trabajo remoto, servicios mínimos indispensables y turnos por emergencia sanitaria.
En fallos divididos (causas roles 35.280-2020, 35.281-2020, 35.343-2020, 35.355-2020 y 35.356-2020), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Dobra Lusic, Jessica González y Rafael Andrade– rechazó las presentaciones de la Asociación Nacional de Empleados, la Asociación Nacional de Funcionarios de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, la Federación de Asociaciones de Salud Pública, la Confederación Democrática de Profesionales de la Salud y la Asociación de Abogadas Feministas.
«Que el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando éste ha sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarias o ilegales que amenazan, perturban o privan del ejercicio legítimo de alguna de las garantías taxativamente numeradas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, dejando a salvo las demás acciones legales», sostiene los fallos.
Las resoluciones agregan que: «del contenido de la presentación efectuada en estos autos no aparecen hechos que formen parte de aquellas materias que puedan ser conocidas por esta vía, por cuanto lo reclamado recae sobre una decisión de la administración central en ejercicio de sus funciones, cuyo contenido y aplicación del mismo deberá ser discutido por los mecanismos jurisdiccionales correspondientes».
«Es por estas razones que el presente recurso no podrá ser admitido a tramitación», concluyen.