En el marco de la inminente votación de la Reforma de Pensiones, programada para el ocho de octubre, hoy diputados de la Bancada DC ingresaron formalmente al texto en trámite una indicación que crea un artículo transitorio para permitir que parte de los fondos puedan ser sacados por una sola vez para el pago de créditos hipotecarios.
La indicación, firmada además por los diputados Daniel Verdessi, Joanna Pérez y Víctor Torres, señala que “el crédito hipotecario antes mencionado deberá estar asociado a la única vivienda o bien raíz que el beneficiario posea al momento de realizar el retiro”.
Según lo señalado por el diputado Gabriel Silber, “este es sin duda el gran tema que hoy preocupa a los millones de chilenos y chilenas, la realidad que tiene a miles de familias intentado hacer malabares para salir adelante. Pensionados que han trabajado toda una vida y que reciben pensiones miserables. Por eso, tenemos que ser capaces de apostar más. Tenemos que ser capaces de entregar respuestas que efectivamente sean un alivio para los pensionados. Muchos se encuentran hoy en una compleja situación con pensiones ínfimas y deudas hipotecarias. Proponemos que, por una sola vez, puedan retirar parte de sus ahorros y pagar el monto que les quede para asegurar la vivienda”.
Al respecto, el diputado José Miguel Ortíz agregó que “esperamos que el Gobierno escuche y que apoye nuestra propuesta. La verdad es que son miles los casos, no sólo el de la profesora que recurrió a la justicia en Antofagasta, sino miles de casos a lo largo del país, de pensionados que arriesgan perder sus viviendas porque, claramente, con las pensiones que reciben, no les alcanza para pagar los montos pendientes “.
La indicación presentada señala que en ningún caso “el avalúo fiscal del inmueble podrá superar el equivalente a las 3.000 UF” al momento de efectuarse la solicitud y el retiro podrá hacerse por una única vez por el momento que sea necesario para saldar la deuda.
Se indica que el traspaso de los fondos deberá hacerse -según este artículo- directo entre la entidad previsional y la institución bancaria a la que haya que pagarle el crédito hipotecario.