Régimen jurídico-ambiental de la salmonicultura en Chile: «el vacío regulatorio detrás de la introducción de especies exóticas en áreas protegidas»

Cartilla “El régimen jurídico-ambiental de la salmonicultura en Chile” de Fundación Terram describe las principales normativas ambientales que reglamentan esta industria, transparentando el origen de la problemática que ha suscitado la instalación de centros de cultivo en áreas protegidas.

Una de las actividades más impactantes que se desarrollan en la actualidad en las costas chilenas es la acuicultura, actividad que se ha consolidado durante las últimas décadas como una de las actividades productivas de orientación exportadora más importantes de nuestro país, siendo particularmente la salmonicultura la principal actividad acuícola a nivel nacional. El cultivo de tres especies de salmónidos, todas exóticas, en las costas del sur de Chile, ha permitido el desarrollo de una industria que ha tomado un rol protagónico a nivel global, consolidando a nuestro país como el segundo productor mundial de salmones después de Noruega. Sin embargo, pese a la importancia que esta actividad tiene en la economía nacional, a su desarrollo se le atribuyen diversos impactos ambientales y sociales.

En el marco de este contexto, Fundación Terram publica su cartilla informativa titulada “El régimen jurídico-ambiental de la salmonicultura en Chile”, un documento realizado por los abogados Christian Paredes e Ignacio Martínez donde describen las definiciones básicas que determinan la salmonicultura, pasando por detallar las regulaciones más amplias del régimen jurídico ambiental nacional de la acuicultura (albergadas principalmente en la Ley de Pesca N°18.892 y la Ley N°19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente), así  como los reglamentos específicos aplicables a esta industria (instrumentos como el Reglamento Ambiental, Reglamento Sanitario y Reglamento de Plagas, abreviados como RAMA, RESA y REPLA).

El documento presentado por Fundación Terram comienza por caracterizar las concesiones de acuicultura como el sistema básico para comprender el funcionamiento de la industria y culmina por evidenciar el origen jurídico de la alarmante situación de conflicto entre las áreas protegidas y el desarrollo de la actividad salmonera.

Concesiones:

Uno de los aspectos más interesantes de la cartilla “El régimen jurídico-ambiental de la salmonicultura en Chile” es el detalle que entrega sobre la situación de las concesiones acuícolas, pues la mayoría de ellas se han otorgado en las regiones de Los Lagos, Aysén y –más recientemente- Magallanes. Pero, debido a las condiciones sanitarias y ambientales de las dos primeras, el otorgamiento de nuevas concesiones acuícolas se ha suspendido hasta 2020 en Los Lagos y Aysén, por lo que actualmente la industria salmonera apuesta por ampliar su capacidad productiva hacia la región de Magallanes.

Según datos recabados por los investigadores a mayo del año 2018, en la Región de Los Lagos existían 540 concesiones otorgadas y 51 en trámite; 724 otorgadas y 96 en trámite en la Región de Aysén ; y 128 otorgas y 428 en trámite en la Región de Magallanes. Es decir, la mayoría de proyectos acuícolas se desarrollarán, en un futuro cercano, en Magallanes y la Antártica Chilena.

El ejercicio de la salmonicultura en áreas protegidas:

Para finalizar, la cartilla de Fundación Terram transparenta una problemática jurídica que da pie para que se permita el cultivo de salmones en áreas de conservación nacional.

Por una parte, en norma general, la Ley N°18.892 señala que las áreas pertenecientes al Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SNASPE) quedan “excluidas de toda actividad pesquera extractiva y de acuicultura”. De esta manera, entonces, se entiende que queda prohibido el desarrollo de toda actividad acuícola dentro los espacios pertenecientes al SNASPE, pero en el artículo 158 (incisos 2° y 3°) de la Ley de Pesca se exceptúa del referido régimen a las Reservas Nacionales y Forestales, permitiendo así el desarrollo de salmoneras al interior de las áreas mencionadas. Es por este motivo que actualmente las empresas salmoneras pueden solicitar concesiones en las Áreas Apropiadas para el Ejercicio de la Acuicultura (AAA) ubicadas ya sea en Reservas Nacionales y Forestales, así como en sus alrededores.

El documento de Fundación Terram concluye enfatizando la necesidad de “elevar los estándares en cuanto a la vía de ingreso por la que se realiza la evaluación de impacto ambiental” –ya que actualmente se realiza a través de Declaraciones en lugar de Estudios de Impacto Ambiental-, así como “avanzar hacia un adecuado ordenamiento espacial del litoral” y la “impostergable dictación del reglamento sobre tratamiento y disposición de desechos” que provienen desde la acuicultura, especialmente, de la industria salmonera.

Revisa la cartilla jurídica de Fundación Terram acá.