TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE RANCAGUA CONDENÓ A DOS PENAS EFECTIVAS DE 5 AÑOS Y UN DÍA DE PRESIDIO A PSICÓLOGO POR ABUSO SEXUAL DE MENORES DE EDAD

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua condenó hoy –lunes 21 de enero– al psicólogo Víctor Miguel López Orrego a dos penas efectivas de 5 años y un día de presidio, en calidad de autor de los delitos reiterados de abuso sexual con circunstancias de estupro, y abuso sexual con circunstancias de violación. Ilícitos perpetrados entre 2007 y 2015.

 En fallo unánime, el tribunal –integrado por las magistradas Chaparro Bossy (presidente), María-Esperanza Franichevic´ Pedrals (redactora) y Fadua Salas Eljatib– aplicó, además, a López Orrego las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares durante el tiempo de las condenas; más el pago de las costas del proceso.

Asimismo, el tribunal impuso al condenado las penas de interdicción del derecho de ejercer la guarda y ser oído como pariente en los casos que la ley designa, y de sujeción a la vigilancia de la autoridad policial durante los 10 años siguientes al cumplimiento de las penas principales, la que consistirá en informar a Carabineros, cada tres meses, su domicilio.

 «También se le condena a la pena de inhabilitación absoluta temporal para cargos, empleos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con personas menores de edad, prevista en el artículo 372 del Código Punitivo, la cual produce: 1) la privación de todos los cargos, empleos, oficios y profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con personas menores de edad que tenga el condenado; y 2) la incapacidad para obtenerlos, antes de transcurrido el tiempo de la condena de inhabilitación, contado desde que se hubiere dado cumplimiento a la pena principal, obtenido libertad condicional en la misma, o iniciada la ejecución de alguno de los beneficios de la ley 18.216 como alternativa a la pena principal», agrega el fallo.

Una vez ejecutoriada el fallo, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.

Fallo que dio por acreditado que el condenado formó, junto a Psicólogo, el grupo pastoral «Revive» al alero de la Parroquia San José Obrero, ubicada en calle Héctor Zamorano de la población Manzanal de Rancagua, al que invitaban a participar a jóvenes del sector provenientes, en su mayoría de hogares vulnerables. Situación que aprovechó para concretar una serie de abusos sexuales en contra de una decena de menores.

Fuente: Poder Judicial