TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE OSORNO CONDENA A PENAS EFECTIVAS A AUTORES DEL DELITO DE SECUESTRO EN RÍO NEGRO

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Osorno condenó hoy –miércoles 16 de enero– a penas efectivas a María Eugenia Inayado Ruiz, Jacqueline Patricia Yáñez Vera, Rodrigo Alejandro Gallardo Quinchagual y Cristián Jonathan Bahamondez Ruiz, por su participación en el delito de secuestro. Ilícito perpetrado en la comuna de Río Negro, en marzo de 2017.

En fallo unánime (causa rol 114-2018), el tribunal –integrado por los magistrados Edmundo Moller (presidente), Patricia Gallardo y Alberto Merino (redactor)– aplicó, además, a los condenados las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras duren las condenas.

 En la resolución el tribunal condenó a:

-Jacqueline Patricia Yáñez Vera a la pena de 20 años de presidio, en calidad de autora de los delitos consumados de secuestro simple y lesiones graves a Bernardo Agoni Imilpán y Alberto Maldonado Lizama; porte ilegal de arma cortopunzante, y del delito frustrado de homicidio simple de Agoni Imilpán. Ilícitos perpetrados ocurrieron en Río Negro, el 4 de marzo de 2017;

-Cristián Jonathan Bahamondez Ruiz deberá purgar 15 años de presidio, como autor de los delitos consumados de secuestro simple de Bernardo Agoni Imilpán y Alberto Maldonado Lizama; lesiones graves a Agoni Imilpán y Maldonado Lizama;

-María Eugenia Inayado Ruiz deberá cumplir dos penas de 5 años de presidio, en calidad de autora de los delitos consumados de secuestro simple de Agoni Imilpán y Maldonado Lizama, y 2 años de presidio como autora de lesiones graves en contra de la víctima de Maldonado Lizama;

-Rodrigo Alejandro Gallardo Quinchagual deberá cumplir 5 años de presidio, en carácter de autor del delito consumado de secuestro simple de Bernardo Agoni Imilpán; 5 años de presidio, como autor del delito consumado de tenencia de arma de fuego artesanal, y 200 días de presidio por porte de arma cortopunzante.

Una vez ejecutoriado el fallo, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas de los sentenciados para determinar sus respectivas huellas genética e inclusión en el registro nacional de ADN.

El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que el 4 de marzo de 2017, los condenados trasladaron contra de su voluntad a Bernardo Agoni Imilpán a hasta una casa habitación. En dicho el lugar, Rodrigo Gallardo Quinchagual, María Eugenia Inayado Ruiz y Jacqueline Patricia Yáñez Vera retuvieron contra su voluntad a la víctima. En algún momento de la noche, la sentenciada Jacqueline Patricia Yáñez Vera dirigió un golpe de hacha de grandes dimensiones a la cabeza de Agoni Imilpán, en una acción idónea para causar la muerte de la víctima. El resultado fatal fue evitado por Agoni Imilpán al interponer su antebrazo, sufriendo un corte profundo en dicho miembro.

Posteriormente, Jacqueline Patricia Yáñez Vera y Cristián Jonathan Bahamondez Ruiz procedieron a cortar el lóbulo de la oreja izquierda y a golpear a la víctima, provocándole una fractura dental.

Más tarde, llegó al lugar Alberto Leonidas Maldonado Lizama, expareja de la condenada María Eugenia Inayado Ruiz. Tras compartir alcohol con el grupo por un breve lapso, intentó retirarse del lugar, siendo retenido forzosamente por María Eugenia Inayado Ruiz, Jacqueline Patricia Yáñez Vera y Cristián Jonathan Bahamondez Ruiz, quienes también le cortaron el lóbulo de la oreja.

Finalmente, las víctimas fueron liberadas por funcionarios policiales que llegaron al lugar, gracias al aviso de un testigo.

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Fuente: Poder Judicial