MINISTRO JAIME ARANCIBIA PINTO DICTA AUTO DE PROCESAMIENTO CONTRA CARABINERO EN RETIRO POR DETENCIÓN ILEGAL Y APLICACIÓN DE TORMENTOS

El ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los Derechos Humanos de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, Jaime Arancibia Pinto, dictó procesamiento contra  carabinero en retiro  por detención ilegal y aplicación de tormentos contra Luis  Hernán  Maturana   Olivares, ilícito registrado en septiembre de 1973 en la localidad de La Ligua.

En causa Rol N° 137-2016, el ministro Arancibia Pinto sometió a proceso y ordenó la inmediata detención de Arturo Aníbal Pinilla Gallegos, trámite que deberá cumplir el Primer Juzgado Civil de Concepción, ya que el procesado registra domicilio en esa ciudad.

Los antecedentes recabados en la investigación permiten dar por acreditado que «el día 11  de  septiembre de 1973, la víctima Luis Maturana Olivares, en su lugar de trabajo en  el  Fundo   Illalolen  de Valle Hermoso, fue detenido en un operativo realizado por una  patrulla   de tres  funcionarios de Carabineros, fue   golpeado con la culata de la carabina lo que provocó    que le hundieran el cráneo en el costado derecho y le fracturaran la clavícula izquierda, fue   trasladado al Retén de Valle Hermoso donde estuvo una noche,  siendo  golpeado  con patadas  y puños en  diferentes  partes de su cuerpo. Al  día  siguiente fue  llevado a la Comisaría de La Ligua  donde  fue  interrogado por el funcionario Arturo Pinilla, golpeado por  funcionarios de   esa   unidad   y  fue objeto de apremios   ilegítimos, fue   sometido a un  tratamiento   en   el   cual   lo desnudaban de  la  cintura  hacia  arriba  y  le  colocaban  sacos  mojados sobre  el dorso, pasaban caminando por sobre su cuerpo, estuvo dos días detenido para  posteriormente ser liberado con amenazas  de no concurrir a  un  médico,   ni  al  hospital,   o si  no sería  nuevamente  detenido.  Que  la víctima,   producto  de los golpes  recibidos,   quedó  con secuelas  físicas que dan  cuenta  el informe del Servicio  Médico  Legal».

Fuente: Poder Judicial