• octubre 26, 2018
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MINISTRO ALFREDO MORENO ARRIESGA GRAVE MULTA LUEGO DE NO RESPONDER A FISCALIZACIÓN SOLICITADA HACE MÁS DE UN MES POR DIPUTADO RENÉ SAFFIRIO 

El Ministro de Desarrollo Social, Alfredo Moreno, podría ser multado con una remuneración mensual luego de transcurrir más de 30…

 MINISTRO ALFREDO MORENO ARRIESGA GRAVE MULTA LUEGO DE NO RESPONDER A FISCALIZACIÓN SOLICITADA HACE MÁS DE UN MES POR DIPUTADO RENÉ SAFFIRIO 

El Ministro de Desarrollo Social, Alfredo Moreno, podría ser multado con una remuneración mensual luego de transcurrir más de 30 días sin respuesta a la solicitud de fiscalización, emitida el pasado 4 de septiembre, por el diputado independiente René Saffirio, a través de la Cámara, mediante el oficio N° 10542.

En aquel documento, el parlamentario de La Araucanía pidió que se informara sobre las acciones de supervisión que ha realizado el Servicio Nacional del Adulto Mayor durante el presente año, sobre las instituciones a que se refiere la letra f) del artículo 3° de la ley N°19.828.

Esta norma establece que una de las funciones del SENAMA consiste en «Prestar asistencia técnica y supervisar a organismos privados con o sin fines de lucro que brinden acogida y atención integral al adulto mayor que facilite su inserción a la sociedad.»

En esa ocasión, el legislador  también solicitó antecedentes, datos o estadísticas detalladas respecto del estado de salud y/o enfermedades crónicas, situación de discapacidad y caracterización socio-económica de los Adultos Mayores que actualmente reciben atención en estas instituciones.

Como al cabo de transcurridos 30 días, no hubo respuesta, y como lo indica el artículo 10 de la ley N°18.918, el Subsecretario, en su calidad de Jefe superior del Servicio, es responsable del cumplimiento de entregar los antecedentes requeridos y «De no haber respuesta a este oficio, y en virtud de la norma antes citada, corresponderá iniciar el procedimiento administrativo ante la Contraloría General de la República, a fin de sancionar el incumplimiento de la obligación de informar, con una multa equivalente a una remuneración mensual».

ROL FISCALIZADOR

El artículo 9° de la Ley N° 18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional y el artículo 308 del Reglamento de la Cámara de Diputados confiere al parlamentario realizar acciones de fiscalización al Poder Ejecutivo y de insistir cuando no haya respuesta.

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