CASO HURACÁN: CORTE DE APELACIONES DE TEMUCO RECHAZA RECURSO DE AMPARO DE IMPUTADO GONZALO BLU

La Corte de Apelaciones de Temuco rechazó hoy –martes 28 de agosto–  el recurso de amparo interpuesto por la defensa del general de Carabineros dado de baja Gonzalo Alfonso Blu Rodríguez, y confirmó la prisión preventiva del exjefe de inteligencia policial, imputado en la denominada «Operación Huracán».
En fallo unánime (causa rol 128-2018), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministro Álvaro Mesa Latorre, María Elena Llanos Morales y el abogado (i) Roberto Contreras Eddinger– no dio lugar a la acción cautelar deducida, tras establecer que no se constata o aprecia ilegalidad o arbitrariedad en las dos resoluciones recurridas, dictadas por el Juzgado de Garantía de Temuco.
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«(…) que, de lo razonado precedentemente, se desprende que la decisión de la Juez de Garantía de mantener la medida cautelar de prisión preventiva en contra del amparado se refiere, por ende, a una materia que fue objeto de resolución judicial dictada por tribunal competente, en el ejercicio de sus facultades legales y para un caso expresamente previsto por la ley, debidamente fundada y dentro de un procedimiento donde el amparado es parte, sin que la defensa haya deducido en su contra los recursos ordinarios que la ley contempla, prefiriéndose uno extraordinario como es la presente acción constitucional», sostiene el fallo.
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La resolución agrega: «que, el debate en torno a la procedencia de la mantención medida cautelar decretada en contra del amparado se produjo dentro de un proceso judicial vigente, en el cual se han respetado las garantías del imputado y se han observado los principios formativos del proceso penal, motivo por el cual no cabe analizar el acto recurrido sobre la base de alguna infracción legal o constitucional que lo afecte, lo que impide a este Tribunal adquirir convicción acerca de la existencia de una privación, perturbación o amenaza ilegítima del derecho a la libertad personal del recurrente».
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Por tanto, concluye que: «SE RECHAZA el deducido a lo principal de folio N° 1-2018 con fecha 18 de agosto de 2018 por SERGIO RODRÍGUEZ ORO en a favor de GONZALO ALFONSO BLU RODRÍGUEZ».
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