La iniciativa encabezada por ASODEPLU, agrupa a organizaciones e indígenas de los pueblos Aymara, Likan antai, Kawesqar y Mapuche, quienes alegan “el retiro del barco Seikongen de Isla Tenglo, y de cualquier puerto de la X región, por vulnerar el Convenio 169 de la OIT, así como proteger a las comunidades Mapuche de las regiones de Los Lagos y Los Ríos con motivo del transporte y disposición final de 100 toneladas de ácido sulfhídrico”.
Como “un paso necesario”, calificaron los demandantes de la “ASAMBLEA ORIGINARIA POR LA DESCOLONIZACIÓN Y LA PLURINACIONALIDAD”, ASODEPLU, al recurso de protección que presentó en la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, contra de las empresas y autoridades que han permitido que el barco Wellboat Seikongen se encuentre en Isla Tenglo, a la espera de las autorizaciones de la Gobernación Marítima de Puerto Montt y del Seremi de Salud de la Región de Los Lagos para recalar en algún puerto de la región, y descargar 100 toneladas de ácido sulfhídrico para luego ser transportado por 60 camiones aljibe por carretera hasta algún vertedero. Se sospecha que podría ser el relleno Las Lajas de la Comuna de Puerto Varas, o la Planta Rilesur de Paillaco en la región de Los Ríos.
Para Asodeplu, este recurso “se basa en la vulneración de normas expresas del Convenio 169 de la OIT. En primer lugar, el Seikongen es un barco reflotado, y por ende frágil, que estuvo 9 meses bajo el agua y sigue portando 100 toneladas de ácido sulfhídrico y desechos de salmón. Se dispuso que recalara en Isla Tenglo para evitar una catástrofe por temporales. El caso es que se ubica a escasos 600 metros de la Comunidad Indígena Lafken Pulén (Hijos del Mar), compuesto por pescadores artesanales mapuche, muy cerca de corrales de pesca ancestrales de 5000 años de data. Todo ello, ese tremendo riesgo a la pesca indígena local, a la supervivencia de la comunidad”.
Asimismo, indican los dirigentes de Asodeplu, “la descarga del ácido se está planificando para darle disposición final eventualmente en el relleno Sanitario Las Lajas de Puerto Varas, lugar al cual deberá ser transportado pasando a escasos 5 minutos a pie de la Comunidad mapuche Huilliche Peñihue Raín, poniendo en peligro la vida de sus integrantes y su medio ambiente”.
Asodeplu también demandó en favor de tres comunidades de Paillaco, pues una alternativa anunciada es la Planta Rilesur de esa comuna, pese a que ella se encuentra habilitada para “desechos no peligrosos”, por lo cual también se somete a peligro a las personas mapuche que viven cerca de la Planta Rilesur, como aquellas por donde se transportará el ácido sulfhídrico.
Los demandantes esperan “que la Corte de Puerto Montt ordene de manera inmediata que el barco se retire de Isla Tenglo, pues es territorio indígena y no se ha hecho proceso de consulta alguno para someter a la comunidad afectada a tal peligro. Lo mismo ocurre con las comunidades de Puerto Montt y Paillaco, por el transporte y disposición final del ácido sulfhídrico sin ningún resguardo actual”.
Asodeplu asevera que se vulneran normas técnicas sobre descarga, transporte y disposición final de sustancias peligrosas, pero también normas expresas del Convenio 169 de la OIT, tales como:
Artículo 4
l. Deberán adoptarse las medidas especiales que se precisen para salvaguardar las personas, las instituciones, los bienes, el trabajo, las culturas y el medio ambiente de los pueblos interesados.
2. Tales medidas especiales no deberán ser contrarias a los deseos expresados libremente por los pueblos interesados.
Artículo 20:
“3. Las medidas adoptadas deberán en particular garantizar que:
b) los trabajadores pertenecientes a estos pueblos no estén sometidos a condiciones de trabajo peligrosas para su salud, en particular como consecuencia de su exposición a plaguicidas o a otras sustancias tóxicas;
Artículo 23
“1. La artesanía, las industrias rurales y comunitarias y las actividades tradicionales y relacionadas con la economía de subsistencia de los pueblos interesados, como la caza, la pesca, la caza con trampas y la recolección, deberán reconocerse como factores importantes del mantenimiento de su cultura y de su autosuficiencia y desarrollo económicos. Con la participación de esos pueblos, y siempre que haya lugar, los gobiernos deberán velar por que se fortalezcan y fomenten dichas actividades”.
El recurso de protección fue presentado por Ariel León Bacián, aymara-quechua; Haydee Águila, Presidenta de la Comunidad Kaweskar At Ap de Punta Arenas; Denis Quichel, mapuche; Verónica del Carmen Henríquez Antimanqui, Presidenta de la Asociación Futa Trawun de Paillaco; Esteban Mauricio Araya Toroco, del pueblo likan antai o atacameño, todos los anteriores miembros de la “ASAMBLEA ORIGINARIA POR LA DESCOLONIZACIÓN Y LA PLURINACIONALIDAD”, ASODEPLU; y también, la Comunidad Kawésqar Grupos Familiares Nómades del Mar, representada por su Presidenta Leticia Caro, Punta Arenas; y la Comunidad mapuche Huilliche Peñihue Raín, representada por su Presidente Francisco Raín, Puerto Montt.
Fuente: Mapuexpress