La Comisión Mixta por cohecho definió las distintas figuras que se aplicarán tanto para funcionarios públicos como particulares. Queda pendiente el capítulo relativo a las autoridades de la República.
Un verdadero estatuto para enfrentar los delitos de cohecho y soborno tanto para funcionarios públicos como particulares elabora la Comisión Mixta encargada de resolver las discrepancias surgidas entre ambas Cámaras sobre el proyecto que aumenta las sanciones por cohecho y soborno.
La instancia aprobó el procedimiento para establecer el delito de cohecho sin contraprestación como figura base, así lo señaló el senador Francisco Huenchumilla, presidente de la instancia “Lo que pasa es que antes no existía figura y por lo tanto, ahora se incorpora y se logró una redacción para establecer esta primera figura base y eso se votó después de una discusión jurídica intensa, por unanimidad y eso es una buena señal”.
Asimismo, mencionó que “ahora la instancia mixta abordará los capítulos relativos a las normas de sanciones para las altas autoridades que incurran en estos delitos, donde existe consenso en aumentar las penas, pero nos falta la redacción jurídica”.
En ese sentido, el senador Huenchumilla aseguró que no hay discrepancias políticas de fondo, sin embargo se trata de una rama del derecho muy especializada y que tiene repercusiones en el proceso penal y para eso se requiere mucha discusión”.
A su turno, el ministro de Justicia, Hernán Larraín valoró “el verdadero estatuto que define los delitos y las sanciones para el cohecho y el soborno tanto para el empleado público como para el particular que lo busca corromper estableciendo 4 figuras: soborno por razón de su cargo; por contraprestación; por omisión o por cometer delito”.
Agregó que “los pisos de las penas de cárcel partirán en los antiguos techos de la sanción e incluso, en algunos casos, podrían llegar hasta los 10 años”.
Además el secretario de Estado adelantó que faltan precisar las sanciones para las altas autoridades del país y también la instalación de la figura de la cooperación eficaz, «puesto que al tratarse de delitos difíciles de probar se requiere que existan incentivos».