CORTE DE APELACIONES DE SANTIAGO ORDENA A BANCO PONER FIN A LLAMADOS TELEFÓNICOS POR COBRO DE DEUDA AJENA

La Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de protección presentado en contra del banco Scotiabank Chile y le ordenó cesar los llamados telefónicos al recurrente por el cobro de una deuda que pertenece a la madre del afectado con la que no tiene contacto desde hace años.

En fallo unánime (causa rol 43.173-2018), la Undécima Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Jorge Zepeda, Fernando Carreño y Ana María Osorio– acogió la acción cautelar presentada, tras establecer el actuar arbitrario e ilegal de la entidad bancaria.

«Que del mérito de autos resulta que es un hecho no controvertido que se han efectuado llamados telefónicos al recurrente por una deuda ajena, los cuales, constituyen actos arbitrarios e ilegales, pues el ordenamiento jurídico no autoriza a efectuar gestiones de cobranza extrajudicial respecto de terceros ajenos a la obligación que se pretende cobrar. Estos actos vulneran la integridad psíquica del recurrente, ocasionándoles molestias indebidas», sostiene.

Por tanto, concluye que: «se acoge el recurso de protección deducido en favor (…) ordenándose a la recurrida Scotiabank Chile el cese de los llamados telefónicos efectuados al recurrente para cobrar la obligación de autos, cuyo deudor es un tercero ajeno al presente recurso».

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