SUPERINTENDENCIA DEL MEDIO AMBIENTE (SMA) DECRETA MEDIDAS PROVISIONALES AL VERTEDERO MUNICIPAL DE OSORNO POR RIESGO SANITARIO Y AMBIENTAL

Las medidas buscan contener y controlar las descargas de líquidos lixiviados en la periferia del vertedero, al igual que el retiro de los mismos de dos lagunas al interior del recinto.

La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) procedió a notificar a la Municipalidad de Osorno, titular del “Vertedero Osorno” –regulado por RCA N° 438 de 2010–, respecto de la adopción de medidas provisionales de tipo correctivo y ordenar monitoreos y análisis debido a los hallazgos encontrados en una fiscalización realizada en terreno el 8 de mayo, por profesionales de la SMA y de la SEREMI de Salud de Los Lagos.

En la actividad, se constató que las condiciones de operación del vertedero son de alto riesgo sanitario y ambiental. Entre los hallazgos más importante está el mal manejo operacional que existe al interior del vertedero, así como el mal manejo de los líquidos lixiviados, los que escurren gravitacionalmente hacia una zona pantanosa para llegar al estero sin nombre, y posteriormente al estero Curaco. Estas condiciones generan abundantes vectores, como moscas y jotes, y se asocia a la generación de malos olores derivados de materia en descomposición, constituyendo un foco de insalubridad para las personas que habitan en las cercanías del vertedero.

Debido a las condiciones de riesgo ambiental se adoptaron las siguientes medidas: 

1- Controlar todas las descargas de los líquidos lixiviados (crudos o mezclados con aguas lluvias) hacia sectores no autorizados y proceder a retirar los líquidos lixiviados que se encuentran acopiados en las dos lagunas existentes, hasta niveles que permitan la total contención y/o eliminación de dichos líquidos al interior de las instalaciones del vertedero

2- Presentar una Programa de Monitoreo, que comprometa la ejecución de un plan de mediciones de la calidad de las aguas superficiales (Estero sin nombre y Estero Curaco) y subterráneas.

3- Efectuar la limpieza del entorno del vertedero, en especial en el camino de acceso retirando todos los residuos sólidos visibles.

4- Presentar un nuevo Plan de Acciones de Control y Prevención que deberá considerar los afloramientos de líquidos percolados, deslizamientos de material depositado en el vertedero grietas en la superficie del terreno, contaminación de aguas subterráneas y superficiales, fallas en el equipamiento utilizado, control de olores y riesgos naturales.

5- Dar cumplimiento al Cierre Perimetral establecido la RCA, en cuanto a cerrar todos los accesos libres al vertedero, de manera de impedir el ingreso de persona como animales al recinto sin un control. Además, se deberá instalar un portón de acceso con un horario establecido.

6- Elaborar un informe detallado y consolidado respecto de cada una de las medidas establecidas en la respectiva resolución.

El Municipio de Osorno tendrá un plazo de 15 días hábiles para ejecutarlas e informar de su cumplimiento, a través de un informe consolidado de las acciones tomadas.

Fuente: SMA